Subsidio de Arriendo

 

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El subsidio de arriendo se entrega a familias o personas que requieran una solución habitacional flexible y por un período que no exceda a los 8 años.

¿En qué consiste?

Consiste en un aporte del estado de 3 Unidades de Fomento mensuales para familias vulnerables y de sectores medios que actualmente no sean propietarias y que sean arrendatarias o vivan de allegadas y que puedan completar la diferencia del arriendo.

¿A cuanto puede ascender el monto del arriendo?

El monto máximo del arriendo es de 8,6 UF mensuales, a excepción de las comunas de Arica, Iquique, Antofagasta, Calama, Copiapó, Coyhaique, Aysén y Punta Arenas en cuyo caso puede llegar hasta 10 UFs mensuales y el aporte sube a 3,5 UFs mensuales.

¿Cuáles son los requisitios para postular al subsidio de arriendo?

  • No ser propietario de una vivienda
  • Tener 18 años de edad como mínimo
  • Tener Cédula de identidad vigente
  • Para los extranjeros, presentar el Certificado de Residencia Definitiva
  • Tener capacidad de ahorro demostrada con al menos 4 UF depositadas en una cuenta de ahorro para la vivienda
  • El monto del arriendo tiene un monto máximo que depende de la región donde se desea arrendar
  • Estar inscrito en el Registro Social de Hogares y pertenecer al 70% más vulnerable de la población
  • Postular como grupo familiar con su cónyuge, conviviente civil, conviviente o hijo. También pueden postular en forma individual las personas mayores de 60 años.
  • Contar con un ingreso familiar mensual entre 7 UF y 25 UF. Por cada integrante del núcleo familiar que exceda de tres, el ingreso máximo mensual del grupo familiar se incrementará en 8 Unidades de Fomento
  • Que el postulante o algún integrante del grupo familiar declarado no se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:
    • Ser propietario o asignatario de una vivienda, infraestructura sanitaria, o de un sitio.
    • Ser beneficiario de un subsidio habitacional o tener certificado de subsidio habitacional vigente.
    • Que se encuentre postulando a este o cualquier otro programa habitacional, salvo en el caso del D.S. N° 1.
    • Que haya sido declarado como integrante de un grupo familiar beneficiado por el programa de arriendo.

¿Dónde se postula?

Puedes postular en línea en el sitio ministerio de vivienda o en las oficinas del SERVIU de su Región.

¿Qué requisitos debe cumplir la vivienda?

  • Contar con, al menos, tres recintos definidos (dormitorio, baño y zona de estar – comedor – cocina).
  • No producir hacinamiento.
  • No estar embargada, ni con prohibición de arriendo.
  • No estar localizada en sectores de intervenciones de demolición MINVU.
  • Tener un ROL con destino habitacional y recepción municipal.
  • Las personas allegadas en una vivienda, no podrán utilizar el subsidio para arrendarla.

¿Cómo se paga el subsidio?

Una vez que has sido seleccionado debes buscar una vivienda que cumpla con los requisitos anteriores y firmas un contrato de arriendo ante notario entre el propietario de la vivienda y el titular del beneficio. Luego ese contrato se debe validar en el SERVIU.

El copago se deposita hasta el día 5 de cada mes en el Banco Estado, el día 10 el banco distribuirá el monto del copago más el subsidio, si el beneficiario no hubiese depositado su parte el arrendador solamente recibirá el monto del subsidio. Este beneficio no es una garantía para el arrendador.